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    Home»ECONOMÍA»BCV reforma normas para la constitución del encaje legal bancario
    ECONOMÍA

    BCV reforma normas para la constitución del encaje legal bancario

    El copelloBy El copellofebrero 11, 2025Updated:julio 18, 2025No hay comentarios3 Mins Read
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    En primer lugar, el texto de la circular fechada el pasado 7 de febrero establece que el ente emisor decidió descontar de los requerimientos de encaje legal, a partir de este 10 de febrero



    Cortesía | Un elemento que resalta es la eliminación de los descuentos asociados a estos papeles

    El Banco Central de Venezuela (BCV) emitió una circular en la cual reforma las normas para la constitución del encaje legal bancario.

    En primer lugar, el texto de la circular fechada el pasado 7 de febrero establece que el ente emisor decidió descontar de los requerimientos de encaje legal, a partir de este 10 de febrero, “el monto equivalente al déficit que presenten las instituciones bancarias en la apertura de este día”.

    Se entiende, en consecuencia, que el saldo de encaje que las instituciones mostrarán este lunes 10 queda como un monto de descuento aplicable en lo sucesivo.

    Por otra parte, el BCV fijó la tasa de interés base anual para el cobro de déficit de encaje (Tibacde) en 48,8 puntos porcentuales sobre la tasa establecida por el ente emisor para las operaciones de descuento, redescuento y anticipo. Esta tasa es 39,8 puntos superior a la Tibacde anterior que era de 9 %.

    Además, “dicha tasa será incrementada de acuerdo con los supuestos que a continuación se indican: a) en dos (2) puntos porcentuales adicionales, si se incurre en un déficit de encaje con una periodicidad de entre tres (3) y siete (7) veces en un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día en que ocurrió el primer incumplimiento”.

    “b) en cuatro (4) puntos porcentuales adicionales, si se incurre en un déficit de encaje con una periodicidad superior a las ocho (8) veces en un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día en que ocurrió el primer incumplimiento”, como penalizaciones por déficit de encaje persistentes.

    Y, por último, la circular indica que el BCV decidió dejar de aplicar “a partir del 10/02/2025, los descuentos a los requerimientos de encaje asociados a la intervención cambiaria y a los títulos de cobertura”.

    Analistas financieros señalaron que entre las materias se deben evaluar se cuentan las posibles consecuencias sobre la evolución del crédito y la oferta de Títulos de Cobertura, instrumentos altamente demandados como mecanismo de defensa frente al elevado diferencial cambiario que existe en el mercado.

    Un elemento que resalta es la eliminación de los descuentos asociados a estos papeles y a la intervención cambiaria del Banco Central de Venezuela (BCV). Uno de los aspectos a evaluar es cuáles serán los efectos de esta decisión en el mercado cambiario.

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